Requisitos de elegibilidad
Consulte a qué prestaciones tienen derecho usted y sus dependientes, y cuándo.
Los beneficios a los que tiene derecho dependen del número de horas que trabaje habitualmente, de su hospital u organización afiliada y de su situación sindical.
Elegibilidad de los empleados
Su hospital, organización afiliada o afiliación sindical pueden afectar su elegibilidad para determinados beneficios. Encontrará más detalles sobre la elegibilidad en la página myBenefits de cada beneficio.
¿Es usted empleado de Johns Hopkins Regional Physicians (JHRP)? Consulte la Guía de beneficios del JHRP. .
Beneficios disponibles para todos los empleados
Todos los empleados pueden disfrutar de estas prestaciones:
- Johns Hopkins Employee Assistance Program (JHEAP)
- Cuenta de jubilación
- Programa de descuentos para empleados
Si trabajas más de 30 horas a la semana
Tienes derecho a todas las prestaciones que se indican en este sitio web si trabajas regularmente al menos 30 horas a la semana, salvo que se indique lo contrario.
Si trabajas entre 20 y 29 horas a la semana
Tienes derecho a todos los beneficios que se ofrecen en este sitio. excepto:
- Todos los hospitales y organizaciones afiliadasAyuda para la matrícula de hijos dependientes y licencia parental remunerada.
- Johns Hopkins All Children’s Hospital: Banco de enfermedades prolongadas.
- Johns Hopkins Care at HomeSeguro médico, dental y oftalmológico, cuentas de gastos flexibles y ayuda para la matrícula de los empleados.
Cambios en los requisitos de elegibilidad
Si cambia de trabajo o cambia el número de horas que trabaja habitualmente, su derecho a determinadas prestaciones puede verse afectado.
Elegibilidad de los dependientes
Los dependientes elegibles incluyen:
- Los hijos hasta los 26 años, a menos que tengan una discapacidad.
- Cónyuge legal, a menos que también sea empleado de una filial de Johns Hopkins Medicine, en cuyo caso no puede estar inscrito como empleado y como dependiente.
Puede inscribir a sus dependientes elegibles en estos beneficios si usted también está inscrito:
- Seguro médico, dental y oftalmológico
- Seguro de accidentes, enfermedades graves e indemnización hospitalaria.
- Seguro de cuidados a largo plazo
- Protección contra el robo de identidad y el fraude
También puede inscribir a sus dependientes elegibles en estos beneficios, independientemente de si usted está inscrito:
- Seguro de vida para dependientes
- Seguro de vida completo
Cuándo comienzan sus beneficios
Aquí es cuando los beneficios entran en vigor a partir de la fecha en que fue contratado o pasó a ser elegible.
Primero del mes siguiente
Si se inscribe en estos beneficios como nuevo empleado o empleado recién elegible, la cobertura comienza el primer día del mes siguiente a la fecha en que fue contratado o se volvió elegible.
- Seguro médico, dental y oftalmológico (excepto Johns Hopkins All Children’s Hospital)
- Cuentas de gastos flexibles
- Seguro de vida básico y complementario
- Seguro de vida para dependientes
- Seguro de vida completo
- Seguro de accidentes, enfermedades graves e indemnización hospitalaria.
- Protección contra el robo de identidad y el fraude
- Servicios legales prepagados
- Incapacidad a largo plazo
Después de 90 días
- Tiempo libre remunerado (PTO). Comenzará a acumular PTO a partir de la fecha en que fue contratado o pasó a ser elegible, pero hay un periodo de espera de 90 días antes de que pueda utilizarlo.
- Incapacidad temporal
Después de 12 meses
Debe completar 12 meses consecutivos de empleo con derecho a prestaciones para poder optar al permiso parental remunerado.
Otros
- Cuidados a largo plazoLa cobertura comienza el primer día del mes siguiente al mes en que se inscribió.
- Ayuda para el pago de la matrícula de los dependientes: Dependiendo de su hospital u organización afiliada, es posible que deba completar de dos a cuatro años de empleo continuo antes de ser elegible.
