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Tiempo libre remunerado

Tomarse un descanso es una parte importante para mantener el equilibrio entre el trabajo y la vida personal.

Tienes derecho a acumular vacaciones pagadas si tu horario habitual es de al menos 20 horas semanales.

Seleccione la pestaña correspondiente a su hospital u organización miembro y a su situación sindical. para ver cuántos días de vacaciones remuneradas acumulas.

JHH, JHHS, Bayview, Asociados Médicos
Unión JHH
Condado de Howard
Monumento conmemorativo a Sibley
Suburbano
Hospital Infantil
Atención en el hogar

El tiempo libre remunerado (PTO) combina vacaciones, bajas por enfermedad y tiempo libre personal en un único banco de permisos. El PTO comienza a acumularse a partir de la fecha de contratación o de la fecha en que se adquiere el derecho a disfrutarlo, pero hay un periodo de espera de 90 días antes de poder utilizarlo.

  • Puedes transferir el monto máximo anual de PTO de un año a otro, pero no comenzarás a acumular más PTO hasta que no hayas utilizado el tiempo acumulado.
  • Al finalizar la relación laboral, las vacaciones pagadas se abonan a 50%.

Tasas de acumulación y máximos anuales

Acumulas PTO cada periodo de pago, hasta el máximo anual. La cantidad de PTO que acumulas se basa en tu situación laboral y en tus años de servicio.

Empleados no exentos (con derecho a horas extras)

Años de servicio Acumulación por periodo de pago Máximo anual1
Menos de 2 5.23 horas 136 horas (17 días)
2–4 5,85 horas 152 horas (19 días)
5–9 6,77 horas 176 horas (22 días)
10-19 8.31 horas 216 horas (27 días)
20+ 9.85 horas 256 horas (32 días)

Empleados exentos (no tienen derecho a horas extras)

Años de servicio Acumulación por periodo de pago Máximo anual1
Menos de 2 6,77 horas 176 horas (22 días)
2–4 7,69 horas 200 horas (25 días)
5–9 8.31 horas 216 horas (27 días)
10-19 8,62 horas 224 horas (28 días)
20+ 9.85 horas 256 horas (32 días)

1 El máximo anual se basa en una jornada de ocho horas diarias y una semana laboral de 40 horas.

Directores y cargos superiores

Si eres un empleado con derecho a incentivos y tu cargo es “Director” o superior, se te asignan 39 días de vacaciones pagadas al año, independientemente de tu antigüedad. Los siete días festivos pagados por la empresa se incluyen en estos 39 días de vacaciones pagadas.

Si te contratan o pasas a ocupar un puesto con derecho a incentivos durante el año, recibirás una cantidad prorrateada de los 39 días anticipados.

Las vacaciones no utilizadas no se pagan al finalizar el contrato y caducan al final del año. El 1 de enero, su saldo de vacaciones anticipadas se restablece a 39 días.

Vacaciones

La cantidad de vacaciones que recibes cada año depende de tu situación laboral y de tus años de servicio.

  • La fecha de calificación para recibir su tiempo de vacaciones anuales es la fecha de su aniversario laboral.
  • Al finalizar la relación laboral, las vacaciones pagadas se abonan a 50%.

Empleados a tiempo completo

Los nuevos empleados pueden disfrutar de un determinado número de días de vacaciones tras completar estos periodos de prueba:

  • Después de seis meses: 40 horas (5 días)
  • Después de un año: 40 horas (5 días)
Años de servicio Tiempo de vacaciones anuales
0-1 80 horas (10 días)
2–4 96 horas (12 días)
5–9 120 horas (15 días)
10-19 168 horas (21 días)
20+ 216 horas (27 días)

Empleados a tiempo parcial

Si eres empleado a tiempo parcial, recibirás vacaciones prorrateadas en función de tus horas de trabajo habituales.

Baja por enfermedad

El tiempo por enfermedad está disponible para usted o sus hijos, cónyuge o padres cuando estén enfermos.

Si tienes un horario regular de al menos 40 horas semanales, comenzarás a acumular tiempo por enfermedad después de completar 90 días de empleo. La cantidad de tiempo por enfermedad que recibas dependerá de tus años de servicio:

  • Menos de 2 años: Cinco sextos (0,833) de un día por cada mes de empleo. Por ejemplo, un empleado que haya trabajado durante 15 meses habría acumulado 12,5 días de baja por enfermedad.
  • Más de 2 años: 10 días al año

Si tienes un horario regular de 20 a 39 horas semanales, acumulas tiempo de baja por enfermedad prorrateado en función del número de horas programadas para trabajar.

La cantidad máxima de tiempo por enfermedad que puede acumular cada año es de 520 horas (65 días).

Días libres

Además de las vacaciones, recibirás hasta tres días libres al año.

Cuando te contratan por primera vez o cumples los requisitos, el número de días libres que recibes ese año depende de cuándo te contratan, y hay un periodo de espera de 90 días antes de que puedas utilizarlos.

  • Contratado Del 1 de junio al 31 de agosto: Un día libre
  • Contratado del 1 de marzo al 30 de mayo: Dos días libres.
  • Contratado del 1 de diciembre al 28 de febrero: Tres días libres

Los días libres no utilizados caducan al final de cada año natural.

El tiempo libre remunerado (PTO) combina vacaciones, bajas por enfermedad y tiempo libre personal en un único banco de permisos. El PTO comienza a acumularse a partir de la fecha de contratación o de la fecha en que se adquiere el derecho a disfrutarlo, pero hay un periodo de espera de 90 días antes de poder utilizarlo.

  • Puedes transferir el monto máximo anual de PTO de un año a otro, pero no comenzarás a acumular más PTO hasta que no hayas utilizado el tiempo acumulado.
  • Al finalizar la relación laboral, las vacaciones pagadas se abonan a 50%.

Tasas de acumulación y máximos anuales

Acumulas PTO cada periodo de pago, hasta el máximo anual. La cantidad de PTO que acumulas se basa en tu situación laboral y en tus años de servicio.

Empleados no exentos (con derecho a horas extras)

Años de servicio Acumulación por periodo de pago Máximo anual1
Menos de 2 4,62 horas 120 horas (15 días)
2–4 6.16 horas 160 horas (20 días)
5–9 7.7 horas 200 horas (25 días)
10+ 9.54 horas 248 horas (31 días)

Empleados exentos (no tienen derecho a horas extras)

Años de servicio Acumulación por periodo de pago Máximo anual1
Menos de 2 6.16 horas 160 horas (20 días)
2–4 8 horas 208 horas (26 días)
5–9 9.23 horas 240 horas (30 días)
10+ 9.85 horas 256 horas (32 días)

1 El máximo anual se basa en una jornada de ocho horas diarias y una semana laboral de 40 horas.

Directores y cargos superiores

Si eres un empleado con derecho a incentivos y tu cargo es “Director” o superior, se te asignan 39 días de vacaciones pagadas al año, independientemente de tu antigüedad. Los siete días festivos pagados por la empresa se incluyen en estos 39 días de vacaciones pagadas.

Si te contratan o pasas a ocupar un puesto con derecho a incentivos durante el año, recibirás una cantidad prorrateada de los 39 días anticipados.

Las vacaciones no utilizadas no se pagan al finalizar el contrato y caducan al final del año. El 1 de enero, su saldo de vacaciones anticipadas se restablece a 39 días.

Los días de licencia remunerada (PDL) incluyen: vacaciones, vacaciones, días por enfermedad y días personales. Comienzas a acumular PDL desde la fecha en que te contratan o te vuelves elegible, pero hay un periodo de espera de 90 días antes de que puedas utilizarlo.

  • Puede transferir el monto máximo anual de PDL de un año a otro, pero no comenzará a acumular más PTO hasta que no haya utilizado el tiempo.
  • Al momento de la terminación, el PDL se paga a 50%.

Tasas de acumulación y máximos anuales

Acumulas PDL en cada periodo de pago, hasta el máximo anual. La cantidad de PDL que acumulas se basa en tu situación laboral y en tus años de servicio.

Empleados regulares

Años de servicio Acumulación por periodo de pago Máximo anual1
1 8 horas 208 horas (26 días)
2 9.36 horas 244 horas (30,5 días)
3–4 9,94 horas 260 horas (32.5 días)
5–6 10.24 horas 264 horas (33 días)
7–8 10:52 horas 272 horas (34 días)
9 10,82 horas 280 horas (35 días)
10 11:11 horas 288 horas (36 días)
11+ 11:40 horas 296 horas (37 días)

1 El máximo anual se basa en una jornada de ocho horas diarias y una semana laboral de 40 horas.

Directores y cargos superiores

Si eres un empleado con derecho a incentivos y tu cargo es “Director” o superior, se te asignan 39 días de vacaciones pagadas al año, independientemente de tu antigüedad. Los siete días festivos pagados por la empresa se incluyen en estos 39 días de vacaciones pagadas.

Si te contratan o pasas a ocupar un puesto con derecho a incentivos durante el año, recibirás una cantidad prorrateada de los 39 días anticipados.

Las vacaciones no utilizadas no se pagan al finalizar el contrato y caducan al final del año. El 1 de enero, su saldo de vacaciones anticipadas se restablece a 39 días.

Las vacaciones anuales pagadas (PAL) se pueden utilizar para vacaciones, bajas por enfermedad y días libres por motivos personales. Las PAL se empiezan a acumular a partir de la fecha de contratación o de la fecha en que se adquiere el derecho a ellas, pero hay un periodo de espera de 90 días antes de poder utilizarlas.

  • Puede transferir el monto máximo anual de PAL de un año a otro, pero no comenzará a acumular más PAL hasta que utilice el tiempo.
  • Al momento de la terminación, se paga el PAL a 50%.

Tasas de acumulación y máximos anuales

Acumulas PAL cada periodo de pago, hasta el máximo anual. La cantidad de PAL que acumulas se basa en tu situación laboral y en tus años de servicio.

No directivos

Años de servicio Acumulación por periodo de pago Máximo anual1
Menos de 1 4,615 horas 120 horas (15 días)
1–4 6.154 horas 160 horas (20 días)
5–14 7,692 horas 200 horas (25 días)
15+ 9.231 horas 240 horas (30 días)

Gerentes

Años de servicio Acumulación por periodo de pago Máximo anual1
Menos de 1 5,538 horas 144 horas (18 días)
1–4 7,692 horas 200 horas (25 días)
5+ 9.231 horas 240 horas (30 días)

1 El máximo anual se basa en una jornada de ocho horas diarias y una semana laboral de 40 horas.

Directores y cargos superiores

Si eres un empleado con derecho a incentivos y tu cargo es “Director” o superior, se te asignan 39 días de vacaciones pagadas al año, independientemente de tu antigüedad. Los siete días festivos pagados por la empresa se incluyen en estos 39 días de vacaciones pagadas.

Si te contratan o pasas a ocupar un puesto con derecho a incentivos durante el año, recibirás una cantidad prorrateada de los 39 días anticipados.

Las vacaciones no utilizadas no se pagan al finalizar el contrato y caducan al final del año. El 1 de enero, su saldo de vacaciones anticipadas se restablece a 39 días.

El tiempo libre remunerado (PTO) combina vacaciones, bajas por enfermedad y tiempo libre personal en un único banco de permisos. El PTO comienza a acumularse a partir de la fecha de contratación o de la fecha en que se adquiere el derecho a disfrutarlo, pero hay un periodo de espera de 90 días antes de poder utilizarlo.

  • Puedes transferir el monto máximo anual de PTO de un año a otro, pero no comenzarás a acumular más PTO hasta que no hayas utilizado el tiempo acumulado.
  • Al finalizar la relación laboral, las vacaciones pagadas se abonan a 50%.

Tasas de acumulación y máximos anuales

Acumulas PTO por cada hora trabajada, hasta el máximo anual. La cantidad de PTO que acumulas depende de tu situación laboral y de tus años de servicio.

Para calcular la cantidad de PTO que acumula, multiplique la tasa de “Acumulación por hora trabajada” que figura en la tabla siguiente por el número de horas trabajadas. Por ejemplo, un empleado con dos años de servicio que haya trabajado 30 horas en una semana habrá acumulado aproximadamente 2.31 horas de PTO (0.0769 x 30).

Empleados de plantilla

Años de servicio Acumulación por hora trabajada Máximo anual1
0-1 0,0731 horas 152 horas (19 días)
2–4 0,0769 horas 160 horas (20 días)
5-12 0,0962 horas 200 horas (25 días)
13-19 0,1096 horas 228 horas (28,5 días)
20+ 0,1154 horas 240 horas (30 días)

Directores del programa

Años de servicio Acumulación por hora trabajada Máximo anual1
0-1 0,0905 horas 188 horas (23,5 días)
2–4 0,0961 horas 200 horas (25 días)
5-12 0,1039 horas 216 horas (27 días)
13-19 0,1143 horas 238 horas (29,75 días)
20+ 0,1231 horas 256 horas (32 días)

1 El máximo anual se basa en una jornada de ocho horas diarias y una semana laboral de 40 horas.

Directores y cargos superiores

Si eres un empleado con derecho a incentivos y tu cargo es “Director” o superior, se te asignan 39 días de vacaciones pagadas al año, independientemente de tu antigüedad. Los siete días festivos pagados por la empresa se incluyen en estos 39 días de vacaciones pagadas.

Si te contratan o pasas a ocupar un puesto con derecho a incentivos durante el año, recibirás una cantidad prorrateada de los 39 días anticipados.

Las vacaciones no utilizadas no se pagan al finalizar el contrato y caducan al final del año. El 1 de enero, su saldo de vacaciones anticipadas se restablece a 39 días.

Vacaciones

Comienzas a acumular vacaciones desde la fecha en que te contratan o te vuelves elegible, pero hay un periodo de espera de 90 días antes de que puedas utilizarlas.

  • Puedes transferir el número máximo anual de vacaciones de un año a otro, pero no empezarás a acumular más vacaciones hasta que no hayas utilizado el tiempo acumulado.
  • Al momento de la terminación, las vacaciones se pagan a 50%.

Acumulas vacaciones cada periodo de pago, hasta el máximo anual. La cantidad de vacaciones que acumulas se basa en tu situación laboral y en tus años de servicio.

Empleados no exentos (con derecho a horas extras)

Años de servicio Acumulación por periodo de pago Máximo anual1
Menos de 2 3,08 horas 80 horas (10 días)
2–4 4 horas 104 horas (13 días)
5–9 5.53 horas 144 horas (18 días)
10+ 6,46 horas 168 horas (21 días)

Empleados exentos (no tienen derecho a horas extras)

Años de servicio Acumulación por periodo de pago Máximo anual1
Menos de 2 4,62 horas 120 horas (15 días)
2–4 5.53 horas 144 horas (18 días)
5–9 6,46 horas 168 horas (21 días)
10+ 8.31 horas 216 horas (27 días)

1 El máximo anual se basa en una jornada de ocho horas diarias y una semana laboral de 40 horas.

Directores y cargos superiores

Si eres un empleado con derecho a incentivos y tu cargo es “Director” o superior, se te asignan 39 días de vacaciones pagadas al año, independientemente de tu antigüedad. Los siete días festivos pagados por la empresa se incluyen en estos 39 días de vacaciones pagadas.

Si te contratan o pasas a ocupar un puesto con derecho a incentivos durante el año, recibirás una cantidad prorrateada de los 39 días anticipados.

Las vacaciones no utilizadas no se pagan al finalizar el contrato y caducan al final del año. El 1 de enero, su saldo de vacaciones anticipadas se restablece a 39 días.

Baja por enfermedad

Comienzas a acumular tiempo por enfermedad después de completar 90 días de empleo.

  • Si estás enfermo, debes avisar a tu supervisor al menos una hora antes de que comience tu turno (o de acuerdo con los procedimientos del departamento). Tu supervisor puede pedirte un certificado médico.
  • Si falta al trabajo debido a una enfermedad contagiosa o está de baja por enfermedad durante tres o más días laborables consecutivos, deberá obtener la autorización de la oficina Occupational Health antes de reincorporarse al trabajo.

Tasas de devengo

Si eres un empleado de tiempo completo que trabaja 40 horas por semana, acumulas 2.15 horas de tiempo por enfermedad por cada periodo de pago, hasta un máximo anual de 56 horas (7 días).

Si eres un empleado a tiempo parcial o temporal que trabaja entre 20 y 39 horas a la semana, acumulará una cantidad prorrateada de la tarifa a tiempo completo en función del número de horas que trabaje. Por ejemplo, si trabaja 30 horas a la semana, acumulará tiempo por enfermedad a razón de 75% de la tarifa a tiempo completo de 2.15 horas, lo que equivale a 1.61 horas por periodo de pago (30/40 x 2.15).

Días personales

Además de las vacaciones, recibirás hasta dos días libres por motivos personales cada año.

Cuando te contratan por primera vez o cumples los requisitos, el número de días personales que recibes ese año depende de cuándo te contratan, y hay un periodo de espera de 90 días antes de que puedas utilizarlos.

  • Contratado 1 – 31 de mayo: Dos días libres por motivos personales.
  • Contratado del 1 de junio al 15 de septiembre: Un día libre por motivos personales.

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